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La Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente establece las normas para la elaboración de las estrategias de Desarrollo Local Participativo

La Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente establece, en la Orden de 19 de julio de 2016, las normas para la elaboración de las estrategias de Desarrollo Local Participativo que se aplicarán en la Región de Murcia en el periodo 2014-2020. Asimismo, la normativa convoca y regula el procedimiento de la Asociación de Desarrollo Rural Campoder, grupo de acción local preseleccionado para gestionar dicha estrategia a través de la metodología Leader.

En primer lugar, la orden delimita el campo de actuación destacando sobre ello que se llevará a cabo en los municipios, en este caso, donde Campoder realiza su actividad; estos son un total de ocho municipios (Águilas, Cartagena, Fuente Álamo, Lorca, Mazarrón, Murcia, Puerto Lumbreras y Totana), cuya población total alcanzó, según padrón de 2014, los 109.498 habitantes.

De esta manera, la normativa establece los siguientes requisitos para la puesta en práctica de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo:

  • Se realizarán en base a los criterios marcados en esta Orden y su presentación deberá ajustarse al contenido y la estructura que figura en el Anexo I (Adjunto en la presente orden).
  • Deberán basarse en un diagnóstico del territorio al que se refieran, realizado a partir de un análisis de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades (DAFO) del cual se deberán extraer las necesidades del ámbito de actuación, priorizar las mismas, detallar las operaciones, asignarles un presupuesto y establecer los objetivos que se pretende alcanzar.
  • Establecerán un sistema de indicadores de objetivos que permitan el seguimiento y evaluación de sus resultados.
  • Deberán afrontar como prioritarios los retos de creación de empleo; de utilización eficiente de los recursos naturales y mantenimiento, conservación y recuperación del patrimonio; y de mejora de los servicios públicos y la calidad de vida, que ayude a paliar el déficit de oportunidades respecto del medio urbano.
  • Deberán diseñarse, además, teniendo en cuenta los objetivos transversales de medio ambiente, mitigación del cambio climático e innovación.
  • Deberán garantizar la sostenibilidad de la actividad mediante la adecuada utilización de los recursos naturales y mejorar el nivel y la calidad de vida de los habitantes del medio rural, favoreciendo el mantenimiento de la población y el equilibrio territorial.
  • Deberán contribuir al desarrollo social del territorio, mediante acciones que refuercen la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y la participación de los jóvenes en la vida económica y social, así como la prevención de situaciones de riesgo de exclusión social.
  • Los retos descritos en el apartado anterior se abordarán con los instrumentos propios de LEADER mediante la participación social, la cooperación y el trabajo en red.
  • Reflejarán su coherencia y complementariedad con las políticas de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, así como su coordinación con otras acciones sectoriales o territoriales ya en marcha o previstas. Asimismo, deberán demostrar su carácter complementario con las intervenciones de otros programas y medidas que se apliquen en el mismo territorio. En particular, analizarán la posible consecución de sinergias con las actuaciones de las entidades locales con actuación en el mismo territorio.
  • El diseño de las EDLP se ajustará, inicialmente, a la financiación indicativa prevista en la Orden de la Consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, de 29 de junio de 2016, de selección de Grupos de Acción Local provisionales. Éstos deberán cuantificar el coste del programa que van a ejecutar para el desarrollo de su zona y deberán hacer propuestas financieras para cada submedida.
  • Deberán contar con la participación demostrable de la comunidad local. La participación ciudadana se garantizará con el diseño de un procedimiento, cuyas directrices generales se describen en el apartado 5 del Anexo I (adjunto en la siguiente orden).
  • Las acciones incluidas en las EDLP serán promovidas por la iniciativa privada, las entidades locales o por otras entidades presentes en el territorio, así como por el propio Grupo de Acción Local.
  • La EDLP debe contener un planteamiento estratégico para permitir y asegurar la igualdad de oportunidades en todos sus sentidos, especialmente en las cuestiones relativas a la igualdad de género. Debe fomentarse la participación de los organismos responsables de la igualdad de género y disponer la formación necesaria en este ámbito a las personas implicadas en su gestión y control.

Crear empleo y mejorar los servicios públicos

Las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) actúan sobre territorios rurales y del litoral, y sobre otras zonas afectadas por procesos de declive económico, disminución de la actividad económica y paro, que obligan a la población principalmente jóvenes y mujeres a emigrar a las ciudades. Evitar el despoblamiento del medio rural y conseguir una ocupación racional del territorio es el reto común que deben abordar los Grupos de Acción Local durante el periodo 2014-2020, de acuerdo con los retos específicos del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia.

En el periodo de programación 2014-2020 las Estrategias de Desarrollo Local afrontan de forma genérica, como retos prioritarios, la creación de empleo; la utilización eficiente de los recursos naturales y el mantenimiento del patrimonio rural; y la mejora de los servicios públicos y la calidad de vida, que ayude a paliar el déficit de oportunidades respecto del medio urbano.

La nueva programación está regulada en el ámbito estatal, además de por la normativa de aplicación, por las disposiciones establecidas en el Acuerdo de Asociación de España 2014-2020 y en el Marco Nacional de Desarrollo Rural.

¿Quiere saber más sobre el programa de desarrollo rural 2014-2020? Hágalo aquí.

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